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Cómo saber si el radar estaba homologado y verificado

5 min de lecturaContenido revisado en agosto de 2026

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Requisitos que debe cumplir un radar

Para que una medición sea válida, el cinemómetro (radar) debe estar homologado (con aprobación de modelo), haber pasado la verificación periódica —normalmente anual— por el organismo de metrología legal, y estar correctamente instalado y utilizado.

El margen de error

A la velocidad medida se le aplica un margen de error antes de determinar la sancionable: de forma orientativa, ±5 km/h (o ±5 %) en radares fijos y ±7 km/h (o ±7 %) en radares móviles. Si ese margen no se ha descontado correctamente, la sanción puede ser recurrible.

Cómo comprobar la homologación y la verificación

En tus alegaciones puedes solicitar que la Administración aporte el certificado de verificación vigente del cinemómetro en la fecha de la infracción y su certificado de homologación. La carga de acreditarlo le corresponde a ella: si no lo aporta o está caducado, es un motivo de recurso.

Cuándo recurrir

  • La verificación del radar estaba caducada en la fecha de la infracción.
  • El margen de error no se aplicó o se aplicó mal.
  • El radar estaba mal ubicado o sin la señalización exigible.
  • La fotografía no identifica con claridad tu vehículo.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo pido el certificado de verificación del radar?

En tus alegaciones puedes solicitar que se aporte el certificado de verificación vigente del cinemómetro y su homologación. La carga de acreditarlo es de la Administración, no tuya.

¿Qué margen de error se aplica a los radares?

Orientativamente ±5 km/h (o ±5 %) en radares fijos y ±7 km/h (o ±7 %) en móviles. Debe descontarse antes de determinar la velocidad sancionada.

Recursos útiles

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