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Multa por conducir viendo pantallas: importe, puntos y cómo recurrir

Conducir con pantallas visibles que reproduzcan imágenes o vídeo (no relacionadas con la conducción) es infracción grave: 200 € y 3 puntos.

Contenido revisado en agosto de 2026
Importe
200 €
Con 50% dto.
100 €
pronto pago
Puntos
3 puntos
Gravedad
grave

Base legal orientativa: Reglamento General de Circulación. Importes y puntos a verificar con el boletín de denuncia.

En qué consiste

Se prohíbe que el conductor visualice pantallas con contenido ajeno a la conducción (películas, vídeos). Los sistemas de navegación sí están permitidos.

La descripción del agente sobre qué pantalla y contenido observó es determinante para valorar un recurso.

Cómo recurrir esta multa

Estos son los motivos que mejor encajan para recurrir una multa por conducir viendo pantallas:

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Preguntas frecuentes

¿Puedo llevar el navegador en pantalla?

Sí, los sistemas de navegación están permitidos. Lo sancionado (200 € y 3 puntos) es conducir viendo pantallas con contenido ajeno a la conducción, como vídeos o películas.

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